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🏛️ El Decreto 1083 de 2015 (Función Pública): clasificación de empleos y situaciones administrativas

El Decreto 1083 de 2015 (Función Pública): clasificación de empleos y situaciones administrativas

El Decreto 1083 de 2015 expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. Su naturaleza es compilatoria: reúne en un solo cuerpo los decretos reglamentarios vigentes del sector, sin crear derecho nuevo. Reglamenta, entre otras, la Ley 909 de 2004 (empleo público, carrera administrativa y gerencia pública) y el Decreto-Ley 1567 de 1998 (capacitación y estímulos), y se enmarca en el artículo 209 de la Constitución, que somete la función administrativa a los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Su cabeza de sector es el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP).

En materia de clasificación y nomenclatura, el empleo público es el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades asignadas a una persona, junto con las competencias requeridas. El sistema de nomenclatura y clasificación lo conforman cuatro elementos: nivel jerárquico, denominación del empleo, código y grado salarial. Los empleos se ordenan en cinco niveles jerárquicos:

Sobre requisitos y manual de funciones, los requisitos generales de estudios y experiencia que fija el decreto sirven de base para que cada entidad expida su manual específico de funciones y de competencias laborales, eje de los concursos de méritos y de la administración de personal. La experiencia se clasifica en cuatro tipos: profesional (desde la terminación del pénsum, en actividades propias de la profesión), relacionada (funciones similares a las del cargo), laboral (cualquier empleo u oficio) y docente. En los niveles Directivo, Asesor y Profesional, el título profesional no puede ser compensado por experiencia.

Las situaciones administrativas describen los estados del empleado durante su relación legal y reglamentaria: servicio activo, licencia, permiso, comisión, encargo, prestación del servicio militar, vacaciones, suspensión y periodo de prueba. La licencia ordinaria se concede sin sueldo hasta por sesenta días al año; las licencias por enfermedad o maternidad se rigen por la seguridad social. La comisión puede ser de servicios, de estudios, para desempeñar un cargo de libre nombramiento o para atender invitaciones. El encargo permite asumir las funciones de un empleo vacante, con derecho a la diferencia salarial. El periodo de prueba en carrera dura seis meses, tras los cuales se adquieren los derechos de carrera.

En capacitación y estímulos, el decreto compila el Decreto-Ley 1567 de 1998, que crea el Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema de Estímulos. Cada entidad formula su Plan Institucional de Capacitación (PIC), que incluye obligatoriamente inducción y reinducción. Los estímulos se integran por programas de bienestar social (calidad de vida laboral) e incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los mejores desempeños y equipos de trabajo.

Finalmente, el SIGEP (Sistema de Información y Gestión del Empleo Público), con fundamento en el artículo 18 de la Ley 909 de 2004, es la plataforma del talento humano estatal donde los servidores y contratistas registran su hoja de vida y diligencian la Declaración de Bienes y Rentas (obligatoria según el artículo 122 de la Constitución y la Ley 190 de 1995). Hoy opera el SIGEP II, que apoya las decisiones de política pública y facilita el control social.

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Preguntas de muestra (35)

1. ¿Qué expide el Decreto 1083 de 2015?

  1. El Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública
  2. El Código General Disciplinario
  3. La Ley de carrera administrativa
  4. El Estatuto Tributario del sector público

Según F0.1 de la factbase, el Decreto 1083 de 2015 expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

2. La naturaleza compilatoria del Decreto 1083 de 2015 implica que el decreto:

  1. Reúne en un solo cuerpo normativo los decretos reglamentarios vigentes del sector, sin crear derecho nuevo
  2. Deroga la Ley 909 de 2004 y crea una carrera administrativa autónoma
  3. Crea derecho nuevo en materia de empleo público que antes no existía
  4. Solo aplica a las entidades del orden territorial

Según F0.2, su naturaleza es compilatoria: reúne en un solo cuerpo los decretos reglamentarios vigentes del sector de la Función Pública y no crea derecho nuevo, compila el existente. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

3. ¿Cuál es la entidad cabeza del Sector de Función Pública que administra el Decreto 1083 de 2015?

  1. El Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP)
  2. La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC)
  3. El Ministerio del Trabajo
  4. La Procuraduría General de la Nación

Según F0.3, la cabeza del sector es el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP / Función Pública). Fuente: Decreto 1083 de 2015.

4. Entre las normas que reglamenta el Decreto 1083 de 2015 se encuentran:

  1. La Ley 909 de 2004 (empleo público y carrera) y el Decreto-Ley 1567 de 1998 (capacitación y estímulos)
  2. Únicamente la Constitución Política de 1991
  3. La Ley 100 de 1993 y el Estatuto Tributario
  4. La Ley 1952 de 2019 exclusivamente

Según F0.5, el decreto reglamenta, entre otras, la Ley 909 de 2004 (empleo público, carrera administrativa y gerencia pública) y el Decreto-Ley 1567 de 1998 (capacitación y estímulos). Fuente: Decreto 1083 de 2015.

5. El artículo 209 de la Constitución de 1991 somete la función administrativa a los principios de:

  1. Igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad
  2. Legalidad, jerarquía y subordinación únicamente
  3. Libre concurrencia, oferta y demanda
  4. Reserva, sigilo y confidencialidad

Según F0.7, el artículo 209 de la Constitución de 1991 somete la función administrativa a los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Fuente: Constitución Política, art. 209.

6. Según la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, el empleo público es el conjunto de:

  1. Funciones, tareas y responsabilidades asignadas a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo
  2. Bienes muebles e inmuebles de una entidad pública
  3. Prestaciones sociales de los servidores del Estado
  4. Contratos de prestación de servicios de una entidad

Según F1.1, el empleo público es el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado. Fuente: Ley 909 de 2004 y Decreto 1083 de 2015.

7. Una entidad va a diseñar un nuevo empleo. Su equipo de talento humano discute qué debe contener el diseño. ¿Cuál de las siguientes opciones recoge los elementos que, según el Decreto 1083 de 2015, debe contener obligatoriamente el diseño de cada empleo?

  1. La descripción del contenido funcional, el perfil de competencias y los requisitos de estudios y experiencia
  2. La asignación básica, las primas técnicas y las bonificaciones
  3. El número de vacantes y la fecha del concurso
  4. El régimen pensional y de cesantías aplicable

Según F1.2, el diseño de cada empleo debe contener la descripción del contenido funcional del empleo, el perfil de competencias y los requisitos de estudios y experiencia. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

8. El sistema de nomenclatura y clasificación de empleos está conformado por cuatro elementos. ¿Cuáles son?

  1. Nivel jerárquico, denominación del empleo, código y grado salarial
  2. Nivel jerárquico, antigüedad, prima técnica y código
  3. Denominación, perfil, vacante y grado
  4. Código, salario, prestaciones y bonificación

Según F1.3, el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos lo conforman cuatro elementos: el nivel jerárquico, la denominación del empleo, el código y el grado salarial. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

9. Dentro de la nomenclatura de empleos, ¿qué elemento fija la asignación básica del empleo?

  1. El grado salarial
  2. La denominación
  3. El código
  4. El nivel jerárquico

Según F1.4, la denominación identifica el empleo, el código lo distingue dentro de la nomenclatura y el grado salarial fija la asignación básica. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

10. Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial, según el Decreto 1083 de 2015, deben:

  1. Sujetarse a la nomenclatura y clasificación de empleos vigentes
  2. Crearse al margen de la nomenclatura general
  3. Regirse exclusivamente por el Código Sustantivo del Trabajo
  4. Carecer de grado salarial y código

Según F1.5, los empleos de medio tiempo o tiempo parcial deben sujetarse a la nomenclatura y clasificación de empleos vigentes. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

11. ¿Cuántos y cuáles son los niveles jerárquicos en que se clasifican los empleos según el Decreto 1083 de 2015?

  1. Cinco: Directivo, Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial
  2. Cuatro: Directivo, Profesional, Técnico y Operativo
  3. Tres: Directivo, Profesional y Asistencial
  4. Seis: Directivo, Asesor, Ejecutivo, Profesional, Técnico y Asistencial

Según F1.6 y N1, los empleos se clasifican en cinco niveles jerárquicos: Directivo, Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

12. Al nivel Directivo corresponden funciones de:

  1. Dirección general, formulación de políticas institucionales y adopción de planes, programas y proyectos
  2. Apoyo y complementarias de tareas de simple ejecución
  3. Asesoría directa a la alta dirección
  4. Desarrollo de procesos y procedimientos técnicos

Según F1.7, el nivel Directivo comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de dirección general, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y proyectos. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

13. El nivel Asesor agrupa los empleos cuyas funciones consisten en:

  1. Asistir, aconsejar y asesorar directamente a los empleados públicos de la alta dirección de la Rama Ejecutiva
  2. Ejercer la dirección general de la entidad
  3. Realizar labores de predominio manual y simple ejecución
  4. Desarrollar procesos y procedimientos técnicos misionales

Según F1.8, el nivel Asesor agrupa los empleos cuyas funciones consisten en asistir, aconsejar y asesorar directamente a los empleados públicos de la alta dirección de la Rama Ejecutiva. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

14. El nivel Profesional agrupa los empleos cuya naturaleza demanda:

  1. La ejecución y aplicación de los conocimientos propios de cualquier disciplina académica o profesión reconocida por la ley
  2. El predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecución
  3. La formulación de políticas institucionales y dirección general
  4. La asesoría directa a la alta dirección de la Rama Ejecutiva

Según F1.9, el nivel Profesional agrupa los empleos cuya naturaleza demanda la ejecución y aplicación de los conocimientos propios de cualquier disciplina académica o profesión reconocida por la ley. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

15. El nivel Técnico comprende los empleos cuyas funciones exigen:

  1. El desarrollo de procesos y procedimientos en labores técnicas misionales y de apoyo, y la aplicación de la ciencia y la tecnología
  2. La dirección general y la adopción de planes y proyectos
  3. La asesoría a la alta dirección de la Rama Ejecutiva
  4. El predominio de actividades manuales de simple ejecución

Según F1.10, el nivel Técnico comprende los empleos cuyas funciones exigen el desarrollo de procesos y procedimientos en labores técnicas misionales y de apoyo, así como las relacionadas con la aplicación de la ciencia y la tecnología. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

16. El nivel Asistencial comprende los empleos cuyas funciones implican:

  1. Actividades de apoyo y complementarias, o labores con predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecución
  2. La formulación de políticas institucionales
  3. La aplicación de conocimientos propios de una disciplina académica
  4. La asesoría directa a la alta dirección

Según F1.11, el nivel Asistencial comprende los empleos cuyas funciones implican el ejercicio de actividades de apoyo y complementarias de las tareas de los niveles superiores, o labores con predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecución. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

17. Un empleo cuyas funciones predominantes son manuales y de simple ejecución, sirviendo de apoyo complementario a las tareas de los niveles superiores, debe clasificarse en el nivel:

  1. Asistencial
  2. Técnico
  3. Profesional
  4. Asesor

Según F1.11, las labores con predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecución, de apoyo y complementarias de los niveles superiores, corresponden al nivel Asistencial. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

18. En un acto administrativo de nombramiento aparece "Profesional Universitario, código 2044, grado 11". ¿A qué elementos de la nomenclatura corresponden "Profesional Universitario", "2044" y "grado 11", respectivamente?

  1. Denominación, código y grado salarial
  2. Nivel jerárquico, denominación y código
  3. Código, denominación y nivel
  4. Grado salarial, código y denominación

Según F1.3 y F1.4, la denominación identifica el empleo ("Profesional Universitario"), el código lo distingue ("2044") y el grado salarial fija la asignación básica ("grado 11"). Fuente: Decreto 1083 de 2015.

19. ¿Cuál de las siguientes materias es compilada por el Decreto 1083 de 2015 en el sector de Función Pública?

  1. La capacitación y el sistema de estímulos de los empleados del Estado
  2. El régimen aduanero y de comercio exterior
  3. El sistema general de regalías
  4. La contratación de empréstitos externos

Según F0.4, entre las materias que compila el decreto están el empleo público, la administración de personal, la capacitación, el sistema de estímulos, el retiro del servicio y la gerencia pública, entre otras. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

20. ¿Cuál de los siguientes decretos modificó al Decreto 1083 de 2015 introduciendo las competencias laborales (comportamentales comunes)?

  1. El Decreto 815 de 2018
  2. El Decreto 1045 de 1978
  3. La Ley 190 de 1995
  4. La Ley 755 de 2002

Según F0.6 y N12, el Decreto 815 de 2018 introdujo modificaciones relativas a competencias laborales (comportamentales comunes). Fuente: Decreto 815 de 2018.

21. La capacitación, según el Decreto-Ley 1567 de 1998 compilado en el Decreto 1083 de 2015, comprende procesos organizados relativos a:

  1. La educación no formal y la informal, dirigidos a complementar la educación para mejorar el desempeño
  2. Exclusivamente la educación formal conducente a título profesional
  3. La formación militar y de defensa nacional
  4. El régimen pensional de los empleados públicos

Según F4.2, la capacitación es el conjunto de procesos organizados relativos tanto a la educación no formal como a la informal, dirigidos a prolongar y complementar la educación, y excluye en principio la educación formal conducente a título. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

22. ¿Qué norma crea el Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema de Estímulos para los empleados del Estado, compilada en el Decreto 1083 de 2015?

  1. El Decreto-Ley 1567 de 1998
  2. La Ley 909 de 2004
  3. La Ley 190 de 1995
  4. El Decreto 1045 de 1978

Según F4.1 y N11, el Decreto 1083 de 2015 compila lo dispuesto en el Decreto-Ley 1567 de 1998, que crea el Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema de Estímulos. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998.

23. El Sistema Nacional de Capacitación se define como un conjunto coherente de:

  1. Políticas, planes, disposiciones legales, organismos, escuelas, dependencias y recursos para generar capacidad de aprendizaje y acción en las entidades y empleados del Estado
  2. Programas de bienestar social exclusivamente
  3. Incentivos pecuniarios para los mejores equipos de trabajo
  4. Sanciones disciplinarias por bajo desempeño

Según F4.3, el Sistema Nacional de Capacitación es el conjunto coherente de políticas, planes, disposiciones legales, organismos, escuelas de capacitación, dependencias y recursos, organizados para generar mayor capacidad de aprendizaje y de acción en las entidades y empleados del Estado. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

24. El plan que cada entidad debe formular en materia de capacitación, articulado con el Plan Nacional de Formación y Capacitación, es el:

  1. Plan Institucional de Capacitación (PIC)
  2. Plan Anual de Adquisiciones
  3. Plan Nacional de Desarrollo
  4. Plan de Incentivos Pecuniarios

Según F4.4, cada entidad debe formular su Plan Institucional de Capacitación (PIC), articulado con el Plan Nacional de Formación y Capacitación. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

25. Una persona toma posesión por primera vez de un empleo en una entidad pública. Para integrarla a la cultura organizacional, la entidad debe aplicarle el programa de:

  1. Inducción
  2. Reinducción
  3. Bienestar social
  4. Estímulo pecuniario

Según F4.5, los planes deben incluir obligatoriamente los programas de inducción (integrar al nuevo empleado a la cultura organizacional) y reinducción (reorientar ante cambios de la organización). Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

26. Una entidad reestructura su estructura interna y modifica las funciones de varias dependencias. Para reorientar a los empleados antiguos ante esos cambios de la organización, debe aplicar el programa de:

  1. Reinducción
  2. Inducción
  3. Incentivos pecuniarios
  4. Comisión de estudios

Según F4.5, la reinducción tiene por objeto reorientar al empleado ante cambios de la organización; la inducción se aplica al nuevo empleado. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

27. El Sistema de Estímulos para los empleados del Estado se integra por:

  1. Los programas de bienestar social y los programas de incentivos
  2. Las sanciones disciplinarias y los descuentos salariales
  3. Las licencias y los permisos
  4. El periodo de prueba y el encargo

Según F4.6, el Sistema de Estímulos se integra por los programas de bienestar social y los programas de incentivos. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

28. Los programas de bienestar social buscan principalmente:

  1. Elevar la calidad de vida laboral de los empleados y su grupo familiar y propiciar el clima organizacional
  2. Sancionar a los empleados con bajo desempeño
  3. Eliminar empleos de la planta de personal
  4. Establecer los requisitos de estudios de cada empleo

Según F4.7, los programas de bienestar buscan elevar la calidad de vida laboral de los empleados y su grupo familiar en áreas como protección y servicios sociales, deporte, recreación, cultura, vivienda y educación, y propician condiciones para el clima organizacional. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

29. Una entidad decide reconocer a un servidor destacado otorgándole una beca de estudios y publicando un artículo de su autoría, sin entregar dinero. ¿A qué clase de incentivo corresponde esta decisión?

  1. A los incentivos no pecuniarios (becas, publicaciones, traslados, encargos, distinciones, etc.)
  2. A los incentivos pecuniarios al mejor equipo de trabajo
  3. Al pago de la prima de servicios
  4. Al aumento del grado salarial por antigüedad

Según F4.8, los incentivos no pecuniarios comprenden traslados, encargos, comisiones, becas, publicaciones, financiación de investigaciones, distinciones, etc.; los pecuniarios son reconocimientos económicos al mejor equipo de trabajo. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

30. Una entidad va a otorgar incentivos. ¿A quiénes se otorgan, según las reglas del Sistema de Estímulos?

  1. A los empleados de carrera y de libre nombramiento y remoción que se destaquen por su desempeño, y a los mejores equipos de trabajo
  2. Únicamente a los empleados de libre nombramiento y remoción
  3. Solo a los empleados con sanción disciplinaria levantada
  4. A los contratistas de prestación de servicios de la entidad

Según F4.9, los incentivos se otorgan a los empleados de carrera y de libre nombramiento y remoción que se destaquen por su desempeño (evaluación) y a los mejores equipos de trabajo. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

31. Los programas de bienestar e incentivos, según el Decreto 1083 de 2015:

  1. Parten del diagnóstico de necesidades y se formulan, ejecutan y evalúan anualmente por cada entidad
  2. Se formulan una sola vez cada cuatro años a nivel nacional
  3. Los define exclusivamente la CNSC
  4. No requieren evaluación ni diagnóstico previo

Según F4.10, los programas de bienestar e incentivos parten del diagnóstico de necesidades y se formulan, ejecutan y evalúan anualmente por cada entidad. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

32. El jefe de talento humano organiza torneos deportivos, jornadas recreativas y servicios de vivienda para los servidores y sus familias. ¿A qué componente del Sistema de Estímulos corresponde esta actividad?

  1. A los programas de bienestar social
  2. A los incentivos pecuniarios
  3. Al Plan Institucional de Capacitación
  4. A la reinducción

Según F4.7, las áreas de deporte, recreación, vivienda, etc., dirigidas a elevar la calidad de vida laboral de los empleados y su grupo familiar, corresponden a los programas de bienestar social. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

33. Según el Decreto 815 de 2018, ¿cuál de las siguientes es una competencia comportamental común a los servidores públicos?

  1. Aprendizaje continuo
  2. Dirección general institucional
  3. Aplicación de la nomenclatura salarial
  4. Liquidación de viáticos

Según F2.16, el Decreto 815 de 2018 fija como competencias comportamentales comunes: aprendizaje continuo, orientación a resultados, orientación al usuario y al ciudadano, compromiso con la organización, trabajo en equipo y adaptación al cambio. Fuente: Decreto 815 de 2018.

34. Un servidor solicita que la entidad financie, con cargo a la capacitación, una maestría formal conducente a título profesional. Conforme a la definición de capacitación, esta:

  1. En principio excluye la educación formal conducente a título, pues abarca educación no formal e informal
  2. Debe financiarse obligatoriamente porque toda formación es capacitación
  3. Solo puede otorgarse como incentivo pecuniario
  4. Corresponde al programa de inducción

Según F4.2, la capacitación comprende educación no formal e informal y excluye, en principio, la educación formal conducente a título. Fuente: Decreto-Ley 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015.

35. Los dos grandes grupos de competencias laborales, según el marco normativo, son:

  1. Competencias funcionales (propias del empleo) y competencias comportamentales (transversales)
  2. Competencias salariales y competencias prestacionales
  3. Competencias disciplinarias y competencias fiscales
  4. Competencias formales e informales

Según F2.15, las competencias laborales se dividen en competencias funcionales (propias del empleo, derivadas del manual) y competencias comportamentales (transversales: actitudes, valores, intereses y motivaciones). Fuente: Decreto 1083 de 2015 y Decreto 815 de 2018.

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