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🏛️ La carrera administrativa y el empleo público: la Ley 909 de 2004

Bloque 1. La carrera administrativa y el empleo público: la Ley 909 de 2004

La Ley 909 del 23 de septiembre de 2004 "regula el empleo público, la carrera administrativa, la gerencia pública" y establece los principios básicos del sistema. Su objeto (art. 1) es la regulación del sistema de empleo público, dentro del cual conviven los empleos de carrera, de libre nombramiento y remoción, de período fijo y los temporales. Su fundamento está en la Constitución de 1991: el artículo 125 dispone que "los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera", salvo los de elección popular, libre nombramiento y remoción, trabajadores oficiales y los que señale la ley; y el artículo 130 crea la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC). La ley está reglamentada en el Decreto 1083 de 2015 y fue modificada por la Ley 1960 de 2019.

Entre los principios de la función pública (art. 2) figuran la igualdad, el mérito, la moralidad, la eficacia, la economía, la imparcialidad, la transparencia, la celeridad y la publicidad, con tres criterios rectores: profesionalización, flexibilidad y responsabilidad. La carrera administrativa (art. 27) es un "sistema técnico de administración de personal" que garantiza la eficiencia de la administración y ofrece estabilidad e igualdad de oportunidades para el acceso y el ascenso, siempre con base en el mérito (art. 28).

En cuanto a las clases de empleos, la regla general es la carrera. Conviene distinguirlas:

El ingreso a la carrera se hace por concurso público de méritos, adelantado por la CNSC. La Ley 1960 de 2019 precisó que la provisión definitiva se hace mediante procesos de selección abiertos y de ascenso. Las etapas del concurso (art. 31) son convocatoria —"norma reguladora de todo concurso"—, reclutamiento, pruebas (de carácter reservado), lista de elegibles en estricto orden de mérito con vigencia de dos años, y período de prueba de seis meses, tras el cual la evaluación satisfactoria permite la inscripción en el Registro Público de Carrera. Mientras se surte el concurso, los empleos de carrera pueden proveerse por encargo (preferente para empleados de carrera con evaluación sobresaliente, art. 24, modificado por la Ley 1960) o por nombramiento provisional, que no genera derechos de carrera.

La CNSC (art. 7) es un "órgano de garantía y protección del sistema de mérito", permanente, independiente y autónomo, responsable de administrar y vigilar las carreras, salvo las de carácter especial; no se debe confundir con el Departamento Administrativo de la Función Pública, que formula políticas pero no administra la carrera. En materia de derechos, deberes y evaluación, los empleados de carrera gozan de estabilidad y de derechos como la capacitación y el ascenso (art. 33), y se rigen disciplinariamente por la Ley 1952 de 2019. La evaluación del desempeño (arts. 38 a 40) es obligatoria, la realiza el jefe inmediato con instrumentos aprobados por la CNSC y sirve para adquirir derechos de carrera, ascender, otorgar incentivos o, ante calificación no satisfactoria, retirar del servicio. El retiro (art. 41) procede por causales taxativas: insubsistencia por evaluación no satisfactoria, renuncia, pensión, edad de retiro forzoso, destitución, abandono del cargo o supresión del empleo, entre otras.

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Preguntas de muestra (35)

1. Según el artículo 1 de la Ley 909 de 2004, ¿cuál es el objeto de la ley?

  1. La regulación del sistema de empleo público y el establecimiento de los principios básicos que deben regular el ejercicio de la gerencia pública
  2. La creación exclusiva de la Comisión Nacional del Servicio Civil
  3. La fijación del régimen salarial y prestacional de los trabajadores oficiales
  4. La regulación únicamente de la carrera judicial y docente

El art. 1 de la Ley 909 de 2004 define su objeto como 'la regulación del sistema de empleo público y el establecimiento de los principios básicos que deben regular el ejercicio de la gerencia pública'. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 1.

2. De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 909 de 2004, ¿qué clases de empleos integran la función pública?

  1. Carrera, libre nombramiento y remoción, período fijo y temporales
  2. Únicamente carrera y libre nombramiento y remoción
  3. Carrera, trabajadores oficiales y elección popular
  4. Carrera y de período fijo solamente

Conforme al art. 1 de la Ley 909 de 2004, integran la función pública los empleos de carrera, de libre nombramiento y remoción, de período fijo y los temporales. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 1.

3. El artículo 2 de la Ley 909 de 2004 establece que el sistema de función pública se desarrolla teniendo en cuenta los principios constitucionales de:

  1. Igualdad, mérito, moralidad, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia, celeridad y publicidad
  2. Jerarquía, subordinación, obediencia y disciplina
  3. Descentralización, desconcentración y delegación únicamente
  4. Unidad de mando, especialización y departamentalización

El art. 2.1 de la Ley 909 de 2004 enumera los principios constitucionales: igualdad, mérito, moralidad, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia, celeridad y publicidad. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 2.

4. Según el artículo 2.2 de la Ley 909 de 2004, el ejercicio de la gerencia pública y el sistema de función pública se fundan en tres criterios. ¿Cuáles son?

  1. Profesionalización de los recursos humanos, flexibilidad en la organización y gestión, y responsabilidad de los servidores públicos
  2. Estabilidad, antigüedad y escalafón
  3. Centralización, jerarquía y obediencia
  4. Gratuidad, oralidad y celeridad

El art. 2.2 de la Ley 909 de 2004 funda el sistema en tres criterios: la profesionalización de los recursos humanos, la flexibilidad en la organización y gestión, y la responsabilidad de los servidores públicos por el trabajo desarrollado. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 2.

5. Conforme al artículo 27 de la Ley 909 de 2004, la carrera administrativa se define como:

  1. Un sistema técnico de administración de personal que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administración pública y ofrecer estabilidad e igualdad de oportunidades para el acceso y el ascenso al servicio público
  2. Un régimen disciplinario aplicable a los servidores públicos
  3. Un sistema de remuneración basado exclusivamente en la antigüedad
  4. Un mecanismo de libre designación discrecional del nominador

El art. 27 de la Ley 909 de 2004 define la carrera administrativa como 'un sistema técnico de administración de personal que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administración pública y ofrecer estabilidad e igualdad de oportunidades para el acceso y el ascenso al servicio público'. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 27.

6. Según el artículo 27 de la Ley 909 de 2004, ¿con base en qué se realizan exclusivamente el ingreso y la permanencia en la carrera administrativa?

  1. En el mérito, mediante procesos de selección que garanticen la transparencia y la objetividad, sin discriminación alguna
  2. En la antigüedad acumulada en la entidad
  3. En la designación discrecional del jefe inmediato
  4. En la filiación política del aspirante

El art. 27 de la Ley 909 de 2004 dispone que el ingreso y la permanencia se hacen exclusivamente 'con base en el mérito, mediante procesos de selección que garanticen la transparencia y la objetividad, sin discriminación alguna'. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 27.

7. De acuerdo con el artículo 28, literal a, de la Ley 909 de 2004, el principio del mérito implica que el ingreso, el ascenso y la permanencia están determinados por:

  1. La demostración permanente de las calidades académicas, la experiencia y las competencias requeridas para el desempeño de los empleos
  2. La afinidad política con el nominador
  3. El tiempo de servicio en el sector público
  4. La recomendación de un superior jerárquico

El art. 28, lit. a, de la Ley 909 de 2004 define el mérito como el principio según el cual el ingreso, el ascenso y la permanencia están determinados por la demostración permanente de las calidades académicas, la experiencia y las competencias requeridas. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 28.

8. ¿Cuál de los siguientes NO figura entre los principios que, según el artículo 28 de la Ley 909 de 2004, orientan el ingreso y el ascenso a los empleos de carrera?

  1. Antigüedad en el servicio
  2. Mérito
  3. Publicidad
  4. Transparencia

El art. 28 de la Ley 909 de 2004 enumera mérito, cumplimiento, publicidad, transparencia, especialización de los órganos técnicos, garantía de imparcialidad, confiabilidad y validez de los instrumentos, eficacia y eficiencia. La antigüedad no figura entre estos principios. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 28.

9. El artículo 125 de la Constitución Política de 1991 establece como regla general que los empleos en los órganos y entidades del Estado son:

  1. De carrera, salvo las excepciones que la propia norma y la ley determinen
  2. De libre nombramiento y remoción
  3. De período fijo
  4. De elección popular

El art. 125 de la Constitución dispone que 'los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera', exceptuando los de elección popular, libre nombramiento y remoción, trabajadores oficiales y los demás que determine la ley. Fuente: Constitución Política, art. 125.

10. ¿En qué norma se encuentra compilada y reglamentada la Ley 909 de 2004 en materia de función pública?

  1. Decreto 1083 de 2015 — Decreto Único Reglamentario del Sector de la Función Pública
  2. Ley 1952 de 2019 — Código General Disciplinario
  3. Decreto 1567 de 1998
  4. Ley 80 de 1993

La Ley 909 está reglamentada y compilada en el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de la Función Pública, que compiló entre otros el Decreto 1227 de 2005. Fuente: Decreto 1083 de 2015.

11. Según el artículo 28 de la Ley 909 de 2004, uno de los principios que orientan el ingreso y el ascenso es la especialización de:

  1. Los órganos técnicos encargados de la selección
  2. Los sindicatos de servidores públicos
  3. Los partidos políticos del nominador
  4. Las comisiones de personal disciplinarias

El art. 28 de la Ley 909 incluye, entre los principios que orientan el ingreso y el ascenso, la especialización de los órganos técnicos encargados de la selección. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 28.

12. TEXTO: 'La carrera administrativa es un sistema técnico de administración de personal que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administración pública y ofrecer estabilidad e igualdad de oportunidades para el acceso y el ascenso al servicio público' (art. 27, Ley 909 de 2004). Según el texto, la estabilidad que ofrece la carrera está orientada a:

  1. El acceso y el ascenso al servicio público en condiciones de igualdad de oportunidades
  2. La inamovilidad absoluta del empleado en cualquier circunstancia
  3. La fijación discrecional de salarios por el nominador
  4. La eliminación de los procesos de selección

El texto del art. 27 vincula la estabilidad e igualdad de oportunidades 'para el acceso y el ascenso al servicio público'. La estabilidad es relativa, no absoluta, y se enmarca en el sistema de mérito. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 27.

13. TEXTO: 'El ejercicio de la gerencia pública y el sistema de función pública se fundan en la profesionalización de los recursos humanos, la flexibilidad en la organización y gestión de la función pública, y la responsabilidad de los servidores públicos por el trabajo desarrollado' (art. 2.2, Ley 909). ¿Cuál de los criterios se relaciona con la capacidad de adaptar la organización a las necesidades del servicio?

  1. La flexibilidad en la organización y gestión
  2. La profesionalización de los recursos humanos
  3. La responsabilidad de los servidores públicos
  4. La igualdad de oportunidades

El art. 2.2 de la Ley 909 enuncia tres criterios; la flexibilidad en la organización y gestión es el que se relaciona con la adaptación de la organización a las necesidades del servicio. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 2.

14. ¿Cuál de los siguientes es un derecho especial de los empleados de carrera reconocido en el artículo 33 de la Ley 909 de 2004?

  1. Gozar de estabilidad en el empleo
  2. Ser nombrado discrecionalmente sin concurso
  3. Recibir remuneración fijada por el propio empleado
  4. Eximirse de la evaluación del desempeño

El art. 33 de la Ley 909 reconoce, entre los derechos especiales de los empleados inscritos en carrera, gozar de estabilidad en el empleo, participar en concursos de ascenso, recibir capacitación y obtener prestaciones sociales. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 33.

15. De acuerdo con los artículos 27, 33 y 41 de la Ley 909 de 2004, la estabilidad del empleado de carrera es:

  1. Relativa, pues solo puede ser retirado por las causales taxativas del artículo 41
  2. Absoluta, pues no puede ser retirado en ningún caso
  3. Inexistente, pues depende de la voluntad del nominador
  4. Condicionada únicamente a su afiliación sindical

La estabilidad del empleado de carrera es relativa: solo puede ser retirado por las causales taxativas del art. 41 y está condicionada al mérito y a la evaluación satisfactoria del desempeño. Fuente: Ley 909 de 2004, arts. 27, 33 y 41.

16. ¿Cuál es la norma que contiene actualmente el régimen general de deberes, prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades aplicable a los empleados públicos en Colombia?

  1. Ley 1952 de 2019 — Código General Disciplinario
  2. Ley 734 de 2002, plenamente vigente
  3. Ley 80 de 1993
  4. Decreto 1567 de 1998

El régimen disciplinario está contenido en el Código General Disciplinario — Ley 1952 de 2019, que sustituyó a la Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único) y fue modificado por la Ley 2094 de 2021. Fuente: Ley 1952 de 2019; Ley 734 de 2002 (sustituida).

17. Según el artículo 36 de la Ley 909 de 2004, la capacitación y formación de los empleados está orientada al desarrollo de sus:

  1. Capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales
  2. Bienes patrimoniales y propiedades
  3. Relaciones políticas y partidistas
  4. Vínculos familiares con la entidad

El art. 36 de la Ley 909 orienta la capacitación al desarrollo de las capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, con miras a propiciar la eficacia personal, grupal y organizacional. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 36.

18. Conforme al artículo 38 de la Ley 909 de 2004, ¿quiénes deben ser evaluados y calificados en su desempeño laboral?

  1. Los empleados de carrera y los empleados en período de prueba
  2. Únicamente los empleados de libre nombramiento y remoción
  3. Solo los empleados de período fijo
  4. Exclusivamente los gerentes públicos

El art. 38 de la Ley 909 dispone que el desempeño laboral de los empleados de carrera y en período de prueba deberá ser evaluado y calificado con base en parámetros previamente establecidos. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 38.

19. TEXTO: 'El desempeño laboral de los empleados de carrera deberá ser evaluado y calificado con base en parámetros previamente establecidos que permitan fundamentar un juicio objetivo sobre su conducta laboral y sus aportes al cumplimiento de las metas institucionales' (art. 38, Ley 909 de 2004). Del texto se infiere que la evaluación busca, ante todo:

  1. Fundamentar un juicio objetivo sobre la conducta laboral y los aportes a las metas institucionales
  2. Sancionar disciplinariamente al empleado evaluado
  3. Determinar el salario según la antigüedad
  4. Establecer la filiación política del evaluado

El texto del art. 38 indica que la evaluación se basa en parámetros previos para fundamentar un juicio objetivo sobre la conducta laboral y los aportes al cumplimiento de las metas institucionales. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 38.

20. Conforme al artículo 40 de la Ley 909 de 2004, las entidades efectúan la evaluación del desempeño con base en:

  1. Los instrumentos diseñados por cada entidad según los lineamientos generales y sistemas que establezca la CNSC
  2. Criterios fijados libremente por el jefe inmediato sin control
  3. Un reglamento expedido por el Congreso de la República
  4. Las normas de la carrera judicial

El art. 40 de la Ley 909 establece que la evaluación se efectúa con instrumentos diseñados por cada entidad con base en los lineamientos generales y los sistemas de evaluación que establezca la CNSC; las entidades pueden adoptar el sistema tipo de la CNSC o uno propio aprobado por la Comisión. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 40; CNSC.

21. En un concurso de méritos, un jurado pretende otorgar puntaje adicional a un aspirante por pertenecer al mismo partido político del alcalde. A la luz del artículo 125 de la Constitución, esta actuación es:

  1. Inconstitucional, pues la filiación política no puede determinar el nombramiento ni el ascenso
  2. Válida, porque el alcalde es el nominador
  3. Procedente si está prevista en la convocatoria
  4. Admisible solo en empleos de carrera

El art. 125 de la Constitución prohíbe que la filiación política determine el nombramiento, el ascenso o la remoción. Otorgar puntaje por afinidad política vulnera los principios de mérito e imparcialidad. Fuente: Constitución Política, art. 125; Ley 909 de 2004, art. 2.

22. Una entidad publica de manera incompleta y tardía la convocatoria de un concurso, dificultando que los aspirantes conozcan las reglas. ¿Cuáles principios de la función pública (art. 2, Ley 909) resultan principalmente afectados?

  1. Publicidad y transparencia
  2. Economía y celeridad
  3. Moralidad y eficacia únicamente
  4. Jerarquía y subordinación

El art. 2 de la Ley 909 incluye entre los principios la publicidad y la transparencia. Publicar de forma incompleta y tardía afecta principalmente estos principios, que exigen que las reglas sean conocidas y accesibles. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 2.

23. Un plan de talento humano busca fortalecer la formación técnica y el desarrollo de competencias del personal al servicio de la administración. ¿Con cuál de los tres criterios básicos del artículo 2.2 de la Ley 909 se relaciona directamente?

  1. La profesionalización de los recursos humanos
  2. La flexibilidad en la organización
  3. La responsabilidad de los servidores públicos
  4. La descentralización administrativa

El art. 2.2 de la Ley 909 establece como criterio la profesionalización de los recursos humanos al servicio de la Administración Pública, que se relaciona con la formación técnica y el desarrollo de competencias. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 2.

24. Un jefe inmediato, pese a tener bajo su supervisión a varios empleados de carrera, omite calificar su desempeño durante el período correspondiente. A la luz del artículo 39 de la Ley 909 de 2004, ¿qué consecuencia enfrenta?

  1. Incurre en causal de mala conducta sancionable disciplinariamente
  2. Queda exento de toda responsabilidad por ser potestativo
  3. Pierde su empleo de forma automática
  4. Debe ser ascendido a un cargo superior

El art. 39 de la Ley 909 califica el incumplimiento del deber de evaluar como causal de mala conducta sancionable disciplinariamente, sin perjuicio de que se efectúe la evaluación. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 39.

25. Una entidad decide no usar el sistema tipo de la CNSC y desarrollar su propio sistema de evaluación del desempeño. Según el artículo 40 de la Ley 909 de 2004, para que ese sistema sea válido debe:

  1. Ser aprobado por la Comisión Nacional del Servicio Civil
  2. Ser aprobado por el Congreso de la República
  3. Ser validado únicamente por el jefe de talento humano
  4. Ser autorizado por el Ministerio de Hacienda

El art. 40 de la Ley 909 dispone que las entidades pueden adoptar el sistema tipo de la CNSC o desarrollar su propio sistema, que debe ser aprobado por la Comisión. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 40; CNSC.

26. Conforme al artículo 1 de la Ley 909 de 2004, integran la función pública los empleos de carrera, de libre nombramiento y remoción y, además:

  1. los de período fijo y los temporales
  2. los de elección popular y los de trabajadores oficiales
  3. los de provisionalidad y los de encargo
  4. los docentes y los judiciales

El art. 1 de la Ley 909 de 2004 señala que integran la función pública los empleos de carrera, de libre nombramiento y remoción, de período fijo y los temporales. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 1.

27. De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 125 C.P., ¿cuál de los siguientes NO constituye una excepción a la regla general de que los empleos son de carrera?

  1. Los de elección popular
  2. Los de libre nombramiento y remoción
  3. Los empleos en período de prueba
  4. Los de trabajadores oficiales

El art. 5 de la Ley 909 exceptúa de la carrera los empleos de elección popular, de período fijo, de trabajadores oficiales, de libre nombramiento y remoción, y los de comunidades indígenas. El empleo en período de prueba no es una clase autónoma de empleo, sino la forma transitoria en que se provee un empleo de carrera antes de adquirir derechos. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 5; Constitución Política, art. 125.

28. Según el artículo 5 de la Ley 909 de 2004, los empleos de libre nombramiento y remoción corresponden, entre otros, a aquellos de dirección, conducción y orientación institucional y a los de:

  1. carácter temporal o transitorio
  2. período fijo determinado por la ley
  3. especial confianza
  4. trabajadores oficiales

El art. 5 de la Ley 909 clasifica como de libre nombramiento y remoción los empleos de dirección, conducción y orientación institucional, así como los de especial confianza (asesoría en despachos de directivos, manejo directo de bienes, valores o dineros, seguridad personal de altos servidores, etc.). Fuente: Ley 909 de 2004, art. 5.

29. Respecto de los empleos de libre nombramiento y remoción, ¿cómo se caracterizan su provisión y su retiro según la Ley 909 de 2004?

  1. Reglados y solo por causales taxativas
  2. Sometidos siempre a concurso de méritos
  3. Discrecionales del nominador
  4. Sujetos a período de prueba de seis meses

El art. 5 de la Ley 909, en concordancia con el Decreto 1083 de 2015, establece que la provisión y el retiro de los empleos de libre nombramiento y remoción son discrecionales del nominador, a diferencia de los de carrera, cuyo retiro solo procede por causales legales taxativas. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 5; Decreto 1083 de 2015.

30. Los empleos de carrera administrativa, según la Ley 909 de 2004, se caracterizan por ser:

  1. de carácter permanente y sometidos al sistema de mérito
  2. de carácter transitorio y excepcional
  3. de provisión discrecional del nominador
  4. de período fijo fijado por la Constitución

Conforme a los arts. 5, 27 y 31 de la Ley 909, los empleos de carrera son de carácter permanente, sometidos al sistema de mérito, y constituyen la regla general; quien los ocupa tras concurso y período de prueba adquiere derechos de carrera. Fuente: Ley 909 de 2004, arts. 5, 27 y 31.

31. ¿Qué caracteriza a los empleos de período fijo dentro de las clases de empleo de la Ley 909 de 2004?

  1. La Constitución o la ley les fijan un período determinado de ejercicio
  2. Se proveen siempre por concurso abierto de méritos
  3. Son ocupados por trabajadores oficiales
  4. Tienen una duración máxima de doce meses

Los empleos de período fijo son aquellos para los cuales la Constitución o la ley fijan un período determinado de ejercicio (por ejemplo, ciertos cargos directivos de órganos de control o de regulación), y se proveen conforme a las normas propias de cada cargo. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 1; Constitución Política, art. 125.

32. Según el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, los organismos y entidades pueden contemplar empleos de carácter temporal o transitorio en sus plantas de personal:

  1. como regla general de organización
  2. únicamente con autorización del Congreso
  3. excepcionalmente, de acuerdo con sus necesidades
  4. solo para empleos de libre nombramiento y remoción

El art. 21 de la Ley 909 dispone que, de acuerdo con sus necesidades, los organismos y entidades podrán contemplar 'excepcionalmente' en sus plantas de personal empleos de carácter temporal o transitorio. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 21.

33. Conforme al artículo 21 de la Ley 909 de 2004, cuando un empleo temporal se crea para desarrollar labores de consultoría y asesoría institucional, su duración total no puede ser superior a:

  1. seis (6) meses
  2. dos (2) años
  3. veinticuatro (24) meses
  4. doce (12) meses

El art. 21, num. 4, de la Ley 909 permite empleos temporales para desarrollar labores de consultoría y asesoría institucional 'de duración total no superior a doce (12) meses' y que guarden relación directa con el objeto y naturaleza de la entidad. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 21.

34. De acuerdo con el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, ¿cuál de los siguientes NO es uno de los supuestos que justifican la creación de empleos de carácter temporal?

  1. Cumplir funciones que no realiza el personal de planta por no ser actividades permanentes
  2. Desarrollar programas o proyectos de duración determinada
  3. Suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo por hechos excepcionales
  4. Reemplazar de forma permanente a empleados de carrera retirados del servicio

El art. 21 de la Ley 909 enumera como supuestos: funciones que no realiza el personal de planta, programas o proyectos de duración determinada, sobrecarga de trabajo por hechos excepcionales y labores de consultoría/asesoría hasta 12 meses. El reemplazo permanente de empleados de carrera no es un supuesto del art. 21. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 21.

35. Según el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y su reglamentación, la justificación para la creación de empleos temporales debe contener:

  1. únicamente el visto bueno del sindicato
  2. la motivación técnica y la apropiación y disponibilidad presupuestal correspondiente
  3. la autorización expresa de la CNSC en todos los casos
  4. la aprobación previa del Departamento Administrativo de la Función Pública

El art. 21 de la Ley 909, junto con el Decreto 1083 de 2015, exige que la justificación para la creación de empleos temporales contenga la motivación técnica y la apropiación y disponibilidad presupuestal correspondiente. Fuente: Ley 909 de 2004, art. 21; Decreto 1083 de 2015.

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